Identidad de la
Blockchain Arbitration Society

El futuro se escribe en Blockchain. Aprendamos a leer de nuevo.

 

The Blockchain Arbitration Society es…

una iniciativa que nace de un grupo de profesionales con experiencia internacional en el sector legal, tecnológico, industrial y eléctrico. Creemos que la tecnología blockchain es una alternativa más sencilla, eficiente, ágil y competente para vertebrar las relaciones mercantiles y la resolución de conflictos de nuestros clientes.

 

 

Una asociación de derecho privado, legalmente constituida y formada por miembros de la comunidad para poder resolver los conflictos internos. Es decir; un entorno jurídico que respeta, fomenta y resuelve los problemas cripto desde dentro.

 

 

A través de una Asociación de miembros del entorno jurídico y tecnológico, a los que ofrecemos formación en esta nueva tecnología, networking, auditorías y sello de calidad, además de ser el primer Oráculo Jurídico para hacer crecer esta comunidad en un marco legal y seguro. La seguridad está garantizada por una Corte Arbitral especializada, internacionalmente reconocida, cuyos laudos son ejecutables en cualquier juzgado del mundo.

 

 

Porque el derecho actual no está preparado para asumir esta nueva tecnología. Los ordenamientos jurídicos clásicos resuelven conflictos entre organizaciones jerárquicas y centralizadas, pero esta nueva tecnología requiere un nuevo concepto del derecho. El blockchain, como los smart-contracts y los tokens superan el actual sistema regulatorio.

 

El BAS generará una comunidad jurídica cripto que, respetando el derecho privado y autónomo que surge en este nuevo contexto, resuelva los conflictos privados de forma segura y transparente. En el mundo cripto, la regulación es la propia comunidad, por lo que la comunidad debe crear y respetar su propio derecho. 

 

 

El mundo cripto requiere nuevas instituciones que reconozcan y cuiden este nuevo derecho que está emergiendo. Instituciones como el BAS son necesarias para poder ofrecer un entorno de legalidad a la tecnología blockchain y al mundo cripto.

 

Trasladar los valores descentralizados y cripto al entorno legal

Iniciativas descentralizadas requieren soluciones jurídicas que nazcan de una comunidad que cree en la descentralización. Nuestros árbitros, expertos en derecho y en cripto, están capacitados para juzgar esta nueva naturaleza de conflictos.

¿Por qué nace la BAS? Carta de nuestro Presidente
Ignacio Ferrer Bonsoms

Ignacio Ferrer-Bonsoms Hernández

Presidente

El 3 de enero de 2009 empezó a rodar el balón del Bitcoin, en una nueva partida con reglas propias y originales, hasta ahora nunca vistas en la historia de la humanidad. Tal vez lo más característico de este nuevo juego es que no intervienen árbitros. La primera pregunta que uno se hace al tropezar con bitcoin es cómo puede funcionar algo supuestamente serio -la emisión de una moneda digital- sin la supervisión de un juez. Nuestra mentalidad no concibe que la comunidad, formada por todos los que comparecen en el estadio, sean los que validen cada una de las acciones de la partida. Si algo no es aprobado, el balón no avanza. Y una vez aprobado, no puede ser objeto de revisión.

¿Necesitamos que los Estados regulen este nuevo fenómeno? En parte sí, y en parte no. El mundo cripto se pregunta abiertamente ¿cómo van a regular los Estados las criptomonedas? ¿cuándo llegará la regulación? Siguen pasando los años y no terminan de llegar las normas, en parte por lo disruptivo de esta nueva tecnología.

Antes de dejar el aspecto normativo en manos de los Estados, que es nuestra tendencia natural, deberíamos responder a estas preguntas ¿cuál es el derecho propio de las criptomonedas? ¿qué tipo de derecho encaja en Bitcoin? ¿cuál es el derecho que puede respetar y responder a esta nueva comunidad que aboga por un gobierno descentralizado?

Bitcoin en primer lugar esta autorregulado. Algunos enemigos o ignorantes claman: ¡Bitcoin no está regulado, es peligroso! Pero lo cierto es que sí, Bitcoin está regulado. Y lo está por sí mismo, y por la comunidad que lo soporta. Bitcoin no existe porque los Estados y gobiernos hallan estudiado y determinado su emisión y funcionamiento antes de ver la luz. Simplemente se ofreció a una comunidad minúscula, informando de cuáles eran sus normas programadas no modificables (salvo acuerdo de la mayoría de nodos). Desde un punto de vista legal, Bitcoin contiene las normas y reglas básicas de funcionamiento, lo que supone que está autorregulado. De ahí se desprende que Bitcoin seguirá siendo lo que es independientemente de lo que los Estados decidan. Este planteamiento, permitido por la técnica, rompe totalmente con más de quinientos años de organización centralizada en torno al Estado. Ahora, y esto es lo que nos dice Bitcoin, nos podemos organizar sin las cadenas de la burocracia estatal, de una manera más segura, transparente, eficiente y rentable.

En segundo lugar, Bitcoin es derecho privado, en el sentido de opuesto a “derecho público”. No está emitido por Estados. La consecuencia de esta realidad es mayúscula. Ahora es la comunidad es quien decide si Bitcoin tiene o no valor (no los Estados); si Bitcoin es o no es dinero (no los Estados). Con Bitcoin estamos presenciando la vuelta a la “soberanía de los individuos”, es decir, la soberanía de la comunidad. Siendo esto así, el derecho propio de la comunidad cripto será lo que la comunidad diga que es.

En tercer lugar, Bitcoin es derecho autónomo, es decir, sobrevive por sí mismo y es para sí mismo, sin necesidad de terceros. La eliminación del tercero de confianza, la gran aportación de Bitcoin, supone una ruptura en la necesidad de organizaciones jerárquicas y centralizadas. Ello afecta también al derecho que lo regula.

En cuarto lugar, Bitcoin es inderogable. Técnicamente en estos momentos es modificable si lo aprueba la mayoría, pero no es derogable. En ese sentido sería como la Constitución de un país, que requiere mayoría para su modificación. Podrían reunirse todos los Estados del mundo y por primera vez en la historia estar de acuerdo en algo, por ejemplo en aumentar la emisión de Bitcoin de 21 millones a 100 millones. A pesar de ello, Bitcoin mantendría la emisión de 21 millones. Bitcoin es más robusto que la constitución de un Estado moderno. ¡Bitcoin es más robusto incluso que la voluntad de todos los Estados del mundo! Y eso significa que los Estados hoy, no tienen tanta fuerza como la tenían antes del 3 de enero de 2009. Se podría afirmar que Bitcoin está escrito en piedra, pero es mejor, Bitcoin está escrito en blockchain.

La comunidad cripto debe crecer y madurar. Y en ese camino surge la BAS que propone un entorno jurídico que respete, fomente y resuelva los problemas cripto desde dentro, no dejándolo en manos de los de fuera. De todo ello se llega a la conclusión de que una asociación de derecho privado, legalmente constituida, y formada por miembros de la comunidad, podrá resolver los conflictos internos que surjan. Y ello a través de una Corte Arbitral, internacionalmente reconocida, cuyos laudos son ejecutables prácticamente en cualquier juzgado de todo el mundo.

La mayoría de las propuestas en el mundo cripto han girado en torno a tokens fungibles (erc20 en el caso de Ethereum). Ahora el reto es tokenizar activos reales, lo que requiere un soporte jurídico. Pero nuestro derecho no está preparado para asumir este tipo de tecnología. Nuestros ordenamientos jurídicos resuelven conflictos que surgen de organizaciones jerárquicas y centralizadas. La BAS tiene como objeto con fundamento en ese nuevo derecho creado por la comunidad, atender estas nuevas propuestas. Una nueva tecnología, requiere un nuevo derecho. ¿Qué sentido tiene un notario en un contrato suscrito en blockchain? ¿qué función cumple un registrador en una propiedad tokenizada? ¿qué función cumple un registro mercantil en una sociedad mercantil tokenizada? Tanto la blockchain, como los smart-contracts y los tokens superan este sistema regulatorio que resulta anacrónico.

La BAS pretende generar una comunidad jurídica cripto, con juristas, abogados y árbitros (jueces) que respetando el derecho privado y autónomo que surge en el espacio cripto, resuelva los conflictos privados que nazcan de ellos. Es absurdo dejar en manos de entes centrales la resolución de conflictos de derecho privado y autónomo. ¿Resolvería un juzgado estatal un conflicto de tokenización de un derecho hereditario emitido en un token ERC20 en la red de Ethereum? ¿Sería capaz un juez de entender que una DAO ha incumplido un acuerdo adoptado por una votación de un token de gobernanza? Pero lo que resulta más grave ¿es capaz una estructura jerárquica y centralizada resolver conflictos de derecho privado basado en la descentralización?

La comunidad cripto debe madurar. Y debe ser consciente de que la regulación ya ha llegado, y la tenemos delante de nosotros, en nuestras narices. La regulación es la propia comunidad, es el protocolo que obedece sus normas programadas. Es el momento de que la comunidad se dé cuenta de quien es. Es el momento de que la comunidad crea y respete su propio derecho, no dejando en manos de terceros de confianza su futuro. Los Estados por supuesto que regularán, pero solo establecerán las líneas rojas que no se podrán traspasar. El que meramente espere que el Estado adopte e integre esta una nueva tecnología en su sistema, será el nuevo Don Quijote del siglo XXI.

Con Bitcoin nace un nuevo derecho. Este nuevo derecho será el que acoja esta nueva tecnología. Bitcoin ya nos lo ha dicho al nacer: no dependo de los Estados, dependo de la comunidad. Es la comunidad quien crea este nuevo derecho, no el Estado. Si la comunidad no creyera en Bitcoin, moriría; que los Estados crean o no en Bitcoin, da igual, Bitcoin seguirá vivo.

Por ello nace la Blockchain Arbitration Society y os invitamos a todos a que os unáis a la BAS para que forméis parte de la primera cripto jurisdicción virtual del mundo.

Atentamente,
Ignacio Ferrer-Bonsoms Hernández